Etiqueta: DESTACADOS

  • RECTA FINAL PARA EL FEDERAL «A»

    RECTA FINAL PARA EL FEDERAL «A»

    El Federal A está llegando al final de su primera fase. En esta nota te mostramos los clasificados y cómo continúa el torneo. Además, ¿qué tiene que pasar para que clasifique cada equipo?.

    TABLAS AL DÍA DE HOY:

    ZONA 1 PTS.
    1 Independiente (N)
    29
    2 Cipolletti
    27
    3 Tiro Federal (BB)
    26
    4 Dep. Roca
    26
    5 Alvarado
    26
    6 Dep. Madryn
    26
    7 Ferro (Gral. Pico)
    25
    8 Gral. Belgrano (Santa Rosa)
    21
    9 C.A.I.
    18
    10 Alianza (Cutral Có)
    11
    ZONA 2 PTS.
    1 Talleres (Cba)
    36
    2 Def. de Belgrano (VR)
    27
    3 Juventud Unida (SL)
    26
    4 Deportivo Maipú
    23
    5 9 de Julio (M)
    23
    6 Unión (Villa Krause)
    22
    7 At. Independiente (Chivilcoy)
    22
    8 Sp. Las Parejas
    21
    9 Gutiérrez SC
    18
    10 Tiro Federal (R)
    12
    ZONA 3 PTS.
    1 Unión (S)
    34
    2 Mitre (SE)
    33
    3 Sol de América (F)
    32
    4 Chaco For Ever
    28
    5 Gimnasia (CDU)
    26
    6 Sportivo Patria
    24
    7 Sarmiento (Resistencia)
    23
    8 Libertad (S)
    23
    9 Vélez Sarsfield (SE)
    7
    10 Textil Mandiyú
    5
    ZONA 4 PTS.
    1 Juventud Antoniana
    42
    2 San Martín (T)
    33
    3 Unión Aconquija
    32
    4 Gimnasia y Tiro
    30
    5 Concepción F. C.
    29
    6 San Lorenzo Alem
    19
    7 Altos Hornos Zapla
    18
    8 San Jorge (Tucumán)
    11
    9 Andino
    10
    10 Américo Tesorieri (La Rioja)
    7

    TETRADECAGONAL:

    Estará integrada con los catorce (14) equipos clasificados de la Primera Fase.
    Se disputará a una sola rueda por suma de puntos, iniciando la disputa de esta fase con puntaje cero (0) todos los participantes. Los clubes que se ubicaron en el primer lugar en la Primera Fase y los tres mejores segundos de la Primera Fase actuarán siete partidos de local y seis de visitante.-
    El ganador asciende al Torneo de Primera B Nacional de la AFA, Edición 2016.-
    El 2do, el 3ro y el 4to clasifican en forma directa a la Quinta Fase.
    Del 5to al 14to pasan a disputar en Tercera Fase con diez clubes de la Fase Revalida (Total 20 clubes).

    Clasificados al TETRA: 

    Zona 1: SIN CLASIFICADOS AL MOMENTO

    Con chances:

    1 Independiente (N)
    29
    2 Cipolletti
    27
    3 Tiro Federal (BB)
    26
    4 Dep. Roca
    26
    5 Alvarado
    26
    6 Dep. Madryn
    26
    7 Ferro (Gral. Pico)
    25

    ZONA 2: 3 CLASIFICADOS (Talleres, Defensores, Juventud)

    1 Talleres (Cba)
    36
    2 Def. de Belgrano (VR)
    27
    3 Juventud Unida (SL)
    26

    * Juventud clasifica ya que en caso de igualar en puntos con Maipú y 9 de Julio, el sistema olímpico lo favorece.

    ZONA 3: 3 CLASIFICADOS (Unión Sunchales, Mitre SdE), Sol de América Fsa.

    ZONA 3 PTS.
    1 Unión (S)
    34
    2 Mitre (SE)
    33
    3 Sol de América (F)
    32

    ZONA 4: 3 clasificados (J. Antoniana, San Martín T, Unión Aconquija).

    ZONA 4 PTS.
    1 Juventud Antoniana
    42
    2 San Martín (T)
    33
    3 Unión Aconquija
    32

    Todos juntos en el Tetra:

    Equipo Puntos
    1 Juv. Antoniana (Salta) 42 1ero zona 4 JUEGA 7 PARTIDOS DE LOCAL EN EL TETRA
    2 Talleres (Córdoba) 36 1ero zona 2
    3 Unión (Sunchales) 34 1ero zona 3
    4 sin confirmar   1ero zona 1
    5 Unión Aconquija(*) 32 2do zona 4
    6 Mitre SdE 34 2do zona 3
    7 Defensores VR 27 2do zona 2
    8 sin confirmar   2do zona 2 JUEGA 6 PARTIDOS DE LOCAL EN EL TETRA
    9 San Martín T. 33 3ero zona 4
    10 Sol de América Fsa 32 3ero zona 3
    11 Juv. Unida S.L. 26 3ero zona 2
    12 sin confirmar   3ero zona 1
    13 Gimnasia y Tiro o Concepción F.C.   1er Mejor 4to
    14 sin confirmar   2do mejor 4to


     

    4tos con chances:

    ZONA 1:

    1 Independiente (N)
    29
    2 Cipolletti
    27
    3 Tiro Federal (BB)
    26
    4 Dep. Roca
    26
    5 Alvarado
    26
    6 Dep. Madryn
    26
    7 Ferro (Gral. Pico)
    25

    Las posiblidades de cada uno haciendo clic AQUÍ

    Próxima fecha

    Ferro vs Alvarado

    Madryn vs C.A.I.

    Tiro Federal B.B. vs Belgrano S.R.

    Independiente N. vs Cipolletti

    Roca vs Alianza

    ZONA 2: Sin chances de 4to.

    ZONA 3: Gimnasia CDU, y CHACO FOR EVER

    4 Chaco For Ever
    28
    5 Gimnasia (CDU)
    26

    Chaco For Ever (28 +7): Si le gana a Libertad Sunchales queda cuarto en su zona y clasifica automáticamente sin depender de nadie. Si empata y Gimnasia CDU le gana le gana a Textil Mandiyu queda 4to en su zona por el resultado olímpico (3 a 1 y 1 a 0) pero deberá esperar los finales en la zona 1 – Independiente (+6), Roca (+7), Tiro Federal Bahia (+5), Alvarado (+5) y Deportivo Madryn (-1)- para saber si lo beneficia la diferencia de gol, ya que, podría igualar con esos equipos en 29 puntos. Si pierde y Gimnasia CDU gana queda afuera.

    Gimnasia CDU (26 +3) Tiene que ganar y que Chaco For Ever pierda para quedar 4to en su zona porque ante igualdad de puntos con los chaqueños quedarían eliminados por los enfrentamientos entre si. Al ganar llegaría a 29 unidades y solo podría competir con los de la zona 1 a los que debería vencer en la diferencia de gol 1 – Independiente (+6), Roca (+7), Tiro Federal Bahia (+5), Alvarado (+5) y Deportivo Madryn (-1)-. Si pierde o empata queda afuera.

    Próxima fecha

    Textil Mandiyú vs Gimnasia CDU

    Chaco For Ever vs Libertad

    ZONA 4: Concepción FC (29 pts) o GIMNASIA Y TIRO (30 pts) (De estos dos sale el 1er mejor 4to).

    4 Gimnasia y Tiro
    30
    5 Concepción F. C.
    29

    Próxima fecha:

    Concepción F.C. vs Altos Hornos

    Gimnasia y Tiro vs San Lorenzo Alem

    Gimnasia y Tiro (30): Si le gana a San Lorenzo de Alem clasifica automáticamente sin depender de nadie de su zona. Si empata deberá esperar el mismo resultado o una derrota de Concepción FC. Si pierde y Concepción empata aun clasifica, ya que, en los enfrentamientos entre si porque el global le favorece 3 a 2 (0-1 la ida y 3 a 1 la vuelta).

    Concepción FC (29): Debe ganarle a Altos Hornos Zapla y esperar un empate o una derrota de Gimnasia y Tiro frente a San Lorenzo de Alem.

    Fase Revalida
    Los veintiséis (26) clubes que no clasificaron a la Segunda Fase, se agruparán en dos (2) zonas de trece (13) clubes cada una.
    La conformación de las zonas se hará teniendo en cuenta las cercanías geográficas de las mismas (zona 1 con zona 2 y zona 3 con zona 4). En caso de haber excedente de clubes en algunas de las zonas se reubicarán a los clubes de acuerdo al mismo principio y en su caso a la ubicación en la tabla de posiciones de la Primera Fase.-
    En cada zona se jugará todos contra todos, a una rueda de partidos entre si por suma de puntos, iniciando la disputa de esta fase con puntaje cero (0) todos los participantes.-
    Clasifican a la Tercera Fase del 1º al 5º de cada zona (Total: 10 equipos). Si alguno de los equipos que ocupen la 1º, 2º, 3º, 4° y/o 5º posición al finalizar esta fase en cada una de las zonas, se encontrase comprendido en el régimen de descenso no podrá participar de la Tercera Fase. De producirse esta situación la o las posiciones serán ocupadas por los clubes que ocupen las ubicaciones siguientes en su respetiva zona en forma correlativa de esta fase.

    Régimen de Descenso
    Finalizada la Fase Reválida se confeccionará por zona la Tabla General de Posiciones (suma de puntos de la Primera Fase y Fase Revalida).
    Los ubicados en la 10°, 11°, 12° y 13°  posición de cada una de las tablas descenderán al Torneo Federal “B” Edición 2016.
    En todos los casos de empates en puntos de dos o más clubes de la misma zona, a los fines de determinar descensos se realizarán partidos definitorios entre ellos, de acuerdo a lo establecido en el Art. 111 del Reglamento General de la AFA.

    EN ROJO LOS QUE POR AHORA OCUPAN LA ZONA DE DESCENSO.

    ZONA A (Zona 1 y 2)

    1-
    2-
    3-
    4-  DEP. MAIPU  (Mza) 23 pts
    5- 9 DE JULIO (Morteros)  23 pts
    6-  INDEPENDIENTE (Chivilcoy) 22 pts
    7-  UNION (Villa Krause SJ)  22 pts
    8- SPORTIVO A.C. (Las Parejas) 21 pts
    9- BELGRANO (Sta.Rosa) 21 pts
    10- GUTIERREZ S.C. (Mza) 18 pts
    11- C.A.I. (Com. Riv.)  18 pts
    12- TIRO FEDERAL (Rosario)   12 pts
    13- ALIANZA CUTRAL CO  11  pts

    ZONA B (Zona 3 y 4)

    1-
    2-
    3-
    4- SP. PATRIA (Formosa) 24 pts
    5- SARMIENTO (Resistencia)  23 pts
    6- LIBERTAD (Sunchales)  23 pts
    7- SAN LORENZO ALEM (Cat.) 19 pts
    8- ALTOS HORNOS ZAPLA (Jujuy) 18 pts
    9- SAN JORGE (Tucuman) 11 pts
    10- ANDINO (La Rioja) 10 pts
    11- VELEZ (San Ramón) 7 pts
    12- AMERICO TESORIERI (La Rioja) 7 pts
    13- TEXTIL MANDIYU (Corrientes)  5 pts 

  • Un gesto de primera

    Un gesto de primera

    Marcos Carrasco, de 12 años y oriundo de Neuquén, se fue a probar a Independiente de Avellaneda y no lo dejaron participar de la prueba por «no tener el equipo completo» todo lo contrario a lo sucedido días atrás en el club Cipolletti. Esto causó su indignación y, con la ayuda de su hermano, nos escribió una carta que la presentamos a continuación.

    marcos Carrasco

    Hola amigos de Interior Futbolero. Quería escribir esta pequeña carta para contar lo que me pasó y para que cada uno saque sus propias conclusiones.

    Me llamo Marcos Carrasco, tengo 12 años y vivo en Neuquén capital. Hace un par de días mi hermano Sergio se enteró que el Club Cipolletti (equipo de 3ra categoría, para tener en cuenta)  el miércoles a la tarde-noche hacía una prueba de jugadores de mi categoría, la 2002. Entonces tomamos el colectivo y fuimos a Cipolletti para llegar y a ver si tenía suerte. Quiero contar que dejé mis datos y jugué con una camiseta, el short, medias cortas y ZAPATILLAS.

    Cuando me tocó entrar desde el banco de suplentes, tuve mi gran oportunidad de hacer uno de los dos goles cuando se terminaba la prueba para que mi equipo ganara 2 a 0. Solamente tengo que esperar para recibir alguna respuesta. El club se portó 10 puntos conmigo.

    El Jueves 9 de Julio fui a probar suerte en Independiente de Avellaneda, uno de los llamados «5 grandes» de 1ra división. Cuando dejé mis datos vi que todos los chicos de mi categoría tenían el equipo para entrenar completo, y yo fui tal cual como cuando me probé en Cipolletti. Y la verdad que a esto quería llegar. Los hombres que probaban a los chicos de mi categoría del Club Atlético Independiente me dijeron que «no podés probarte en Independiente porque no tenés el equipo completo». Cuando me dijo eso me dolió mucho, porque fui con toda la ilusión de probarme y tratar de tener suerte; y que me dijeran que no podía probarme sólo por eso fue muy feo. La verdad, quiero felicitar al club Cipolletti que se portó re bien conmigo y me dejo probarme. Cipolletti en verdad se comportó como un club de primera división.

    Para mí es una vergüenza que no dejen probar o darle la posibilidad a aquellos chicos que no tienen el equipo completo o no tienen la posibilidad de comprarlos. Algunos tienen mucho más talento que aquellos que lo tienen todos el equipo.

    Quiero decir que yo mismo tuve la posibilidad de hacer un gol en La Visera (cancha de Cipolletti) siendo el único que jugó con zapatillas y en verdad que estoy orgulloso y feliz de hacerlo. Que no tengas la posibilidad de comprar el equipo completo no significa que no sirvas no tengas talento. Yo mismo lo pude demostrar, y así hay miles de jugadores que son o fueron estrellas y brillan en Europa sin tener casi nada al principio cuando empezaban o jugaban a mi edad.

    Sólo les quería contar eso y felicitar al Club Cipolletti de mi ciudad donde viví, que se portó como un grande. Clubes de 1ra división tendrían que dar el ejemplo o aprender de los equipos del ascenso.

    Saludos a todos, un abrazo.

    Marcos Carrasco, Neuquén capital.

    Foto: cipopasion.com.ar

  • La Federación del Este, fue suspendida en sus funciones, por el Consejo Federal

    La Federación del Este, fue suspendida en sus funciones, por el Consejo Federal

    Debido a las irregularidades presentes en el último tiempo por parte de la Federación del Este, El Consejo Federal decidió lo siguiente.

    DESPACHO N° 12.183

    VISTO

                    La situación institucional por la que atraviesa la FEDERACIÓN DE FÚTBOL DEL ESTE de la Provincia de Buenos Aires:

    CONSIDERANDO:

                    Que en fecha 10 de Marzo del corriente año la Liga de Fútbol de Las Flores, dirige nota a este Consejo a través de la cual, informa la situación estatutaria que atraviesa la Federación de Fútbol del Este de la Provincia de Buenos Aires;

                    Que en la misma manifiesta que se ha verificado en la Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires, que el Estatuto vigente en la Federación, es el inscripto en fecha 14-04-82, matrícula 2889, en tanto la reforma al mencionado plexo estatutario se encuentra observada y archivada en la Dirección mencionada:

                    Que vale puntualizar que el Consejo Federal en su sesión ordinaria del día 29/04/2004  aprobó con carácter obligatorio para todas las Federaciones, un Estatuto Tipo, y que fuera publicado en el Boletín Oficial Nro. 494 tal como lo establece la normativa del art. 45, inc. g. del Reglamento General del Consejo Federal;

                    Que, sigue la nota de la Liga de Las Flores, por la circunstancia denunciada, la Institución, encuentra a  su Presidente con mandato vencido y hace más de diez años que se está manejando en la ilegalidad con un Estatuto que no está aprobado por Personas Jurídicas, lo cual se lo ha hecho saber al Presidente de la Federación mediante nota del 27-02-15 al correo oficial de la Federación;

                    Que en fecha 17-03-15, se recibe en este Organismo nota suscripta por los señores Presidentes de las Ligas Amateur Platense, y Liga de Fútbol de Las Flores, mediante la cual denuncian al señor Walter Vera, Presidente de la Federación – con mandato vencido- por su actuar fuera de las normativas del Estatuto vigente de la Institución, el que ha omitido sin justificativo alguno, convocar en tiempo y forma a la Asamblea General Ordinaria;

                    Que en el mismo sentido han formalizado denuncia ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires, solicitando se intime a realizar la convocatoria a Asamblea General Ordinaria, atento a que encontrándose vigente el Estatuto inscripto ante esa Dirección el 14-04-1982, matrícula 2.889, Legajo 24.933, caso contrario se realice la convocatoria de Oficio para elegir autoridades; adjuntan denuncia;

                    Que señalan además, que en fecha 21 de Febrero de 2.015, en la ciudad de Mar del Plata, más de la mitad de las 23 ligas afiliadas a la Federación, se reunieron autoconvocadas resolviendo por unanimidad solicitar a la Mesa directiva de la Federación, la convocatoria a Asamblea Ordinaria de acuerdo al Estatuto vigente del año 1.982 con la renovación total de autoridades, comisionándose a los dos Presidentes que suscriben la nota, en representación de las ligas presentes. Adjuntan acta con la firma de catorce (14) Ligas (Amateur Platense; Lobense; de Las Flores; Chascomunense; Dolorense; de Mar Chiquita; Gral. Alvarado; de Rauch; Gral. Alvear; Bolívar; 25 de Mayo; Carlos Casares; Los Toldos; Maipuense);

                    Que el Presidente hizo caso omiso a lo resuelto por la mayoría de las Ligas afiliadas, no formalizando la convocatoria;

                    Que en fecha 18 de marzo de 2.015, se ordena el pertinente traslado a la Federación del Este, a efectos que formule su correspondiente descargo que materialice el derecho de defensa; en el mismo se le solicita asimismo que deberá acompañar a este Consejo Federal copia del Estatuto de la Federación, adecuado a la normativa vigente y  con las constancias de su aprobación por la Dirección de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires;

                    En su presentación la Federación rechaza la denuncia incoada íntegramente, manifiesta que la misma es temeraria y maliciosa que induce a un fraude procesal; que la Federación no reviste carácter irregular;

                    Que la única irregularidad la constituye el hecho que los firmantes de la denuncia más los Presidentes de las Ligas de Bolívar y 25 de Mayo se niegan a firmar el Anexo XXI de la Dirección, a pesar de estar obligados a hacerlo;

                    Que respecto de la convocatoria se llevará a cabo una vez que los dirigentes nombrados firmen el anexo;

                    Que respecto del Estatuto solicitado, por cuestiones de economía procesal manifiestan que obra copia del original en este Organismo;

                    Que en fecha 11 de Junio de 2.015, la Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires, dicta al respecto la resolución Nro. 003747, en el expediente 21209-95027, correspondiente al legajo 11/24933, la que se tiene a la vista;

                    Que de la misma se desprende que el Estatuto en vigencia en la Federación del Fútbol del Este, es el inscripto por ante esa Dirección en fecha 14-04-82 y no aquel que fuera presentado y observado, luego archivado, siendo éste precisamente el Estatuto tipo que ordenara el Consejo Federal a todas las Federaciones inscriptas;

                    Que resuelve asimismo en su considerando tercero, que el mandato de las autoridades se encuentra vencido, incluido el Presidente;

                    Que atento las irregularidades verificadas en la aplicación de la normativa estatutaria aplicable, resulta procedente que el Organismo de Contralor proceda a convocar de Oficio a asamblea General Ordinaria, la que fija para el día 04-07-15 en el domicilio social de la Federación, en la ciudad de Mar del Plata;

                    Que declara irregular e ineficaz a los fines administrativos la convocatoria a asamblea programada por la Federación para el día 27 de Junio del corriente año;

                    Que dicha Asamblea no se llevó a cabo habida cuenta la apelación interpuesta por la Federación, atento lo cual continúa la misma en situación de irregularidad;

                    Que resulta conveniente en este estado, ingresar al análisis de la cuestión de fondo, teniendo especialmente en cuenta, que varias Ligas componentes de la federación han solicitado la intervención de este Consejo (Las Flores, Maipu, General Alvear, Bolivar, 25 de Mayo, Carlos Casares, etc.;

                    Que las facultades para inmiscuirse en la cuestión surgen de la normativa del art. 12.4 inc. g del Estatuto de la Asociación del Fútbol Argentino, la que dispone en su pertinente: “…..intimarles la reorganización de la Federación cuando contraviniere las normas estatutarias y/o reglamentarias vigentes..”

                    Que el Reglamento General del Consejo Federal, en su art. 19, establece: “Las Federaciones así constituidas serán reconocidas por el Consejo Federal, siempre que:  c) ….Hayan adoptado o adopten el Estatuto y Reglamento Tipo, que el Consejo Federal sancione determinando sus misiones y funciones”

                    Que el art. 45, inc. g. del mismo cuerpo normativo, determina, que “…..estará a cargo del Cuerpo: Dictar y modificar el Estatuto Tipo y los Reglamentos Tipo para las Federaciones Provinciales o Regionales”;

                    Que ya quedó dicho que este Consejo Federal en su sesión del día 29/04/2004 aprobó el Estatuto Tipo al que debían adecuar los suyos todas las Federaciones en forma obligatoria;

                    Que resulta evidente tal lo que surge de la Resolución dictada por la Dirección Provincial de Personas Jurídicas; de la evasiva respuesta que brinda la misma Federación al traslado conferido por este Organismo, no acompañando la correspondiente aprobación del órgano de contralor al Estatuto Tipo, lo que le hubiere permitido acreditar que se encontraba cumpliendo con la obligación reglamentaria;

                    Que la aprobación por el Organismo de Contralor en cada Provincia de los estatutos societarios, constituyen requisito esencial para su posterior vigencia y aplicación a la vida institucional de una asociación, por ser éste precisamente el control de legalidad que ejerce el Estado, no pudiendo suplirse el acto de la aprobación administrativa por ninguna otra actividad societaria (uso permanente, actos propios etc.) no resultando en consecuencia, estatuto válido aplicable a la vida asociacional, manteniendo su vigencia el anterior;

                    Que esta falencia era conocida por los distintos presidentes que se sucedieron en la Federación que nada comunicaron a sus asociados sobre las observaciones formuladas por el órgano de contralor y procediendo a aplicar un estatuto, que sabían, no se encontraba vigente por carecer de la aprobación del Estado;

                    Que la presente resulta totalmente indiferente del resultado de la apelación formulada a la resolución de jurídicas; en esta sede se ventila la violación de parte de la Federación del Este a expresas normativas impuestas por este Consejo, en concreto no haber puesto en vigencia el Estatuto Tipo, lo que hace en consecuencia que a la fecha se guíe su vida institucional por el antiguo estatuto aprobado, de donde surge el vencimiento de los mandatos de todas la autoridades del ente asociativo, lo que deberá regularizar de inmediato y acorde a su estatuto vigente;

                    Atento lo expuesto, se encuentra debidamente justificada la intervención de este Consejo Federal con la finalidad que la Federación de Fútbol del Este proceda a su reorganización institucional;

                    Que a los fines antedichos deberá abstenerse la Federación de la organización y/o  participación de la actividad futbolística y sus consecuencias en cualquiera de sus disciplinas, hasta tanto acredite haber regularizado plenamente su situación institucional;

                    Por lo que, en uso de las facultades conferidas por los arts. 12.4. inc. e  y  12.4.inc .g ; 67 y concordantes del  Reglamento General del Consejo Federal , se

    RESUELVE:

    Art.1.-) Suspender el desarrollo, la práctica, la organización de toda actividad futbolística y administrativa y sus consecuencias a la Federación de Fútbol del Este de la Provincia de Buenos Aires, hasta tanto proceda a su total reorganización institucional de acuerdo al Estatuto vigente según el Organo de Contralor de la Provincia de Buenos Aires, por incumplimiento a lo dispuesto en los arts. 19 inc. c., 20 y concordantes del Reglamento General del Consejo Federal  y 45 inc. g. del Estatuto Social de la AFA;

    Art.2.-) Mientras dure el estado de suspensión será el Consejo Federal el encargado de la organización de todo torneo que deba disputarse en el período y que hubiere correspondido organizar a la Federación sancionada;

    Art.3.-) Al efecto señalado en el artículo anterior, se mantienen todas las postulaciones presentadas por Ligas y Clubes para su participación en los distintos torneos;

    Art.4.-) Comuníquese, publíquese, archívese;

    Buenos Aires, 07 de Julio de 2015.-